El Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo bajo el concepto de: “Medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación” establece la obligatoriedad de implantar un Plan de Igualdad en empresas de más de 50 empleados.
Este Real Decreto identifica una serie de plazos para que las empresas públicas y privadas implanten y registren un Plan de Igualdad en función de su número de empleados:
- Empresas de más de 150 empleados/as hasta 7 de marzo de 2020.
- Empresas entre 100 y 150 empleados/as hasta 7 de marzo de 2021.
- Empresas entre 50 y 100 empleados/as hasta 7 de marzo de 2022.